Medidas Cautelares

Especialidad

En el Estudio Enríquez somos especialistas en Derecho Laboral del sector público, dedicados a defender a trabajadores y ex trabajadores contratados bajo órdenes, locaciones o contratos CAS que en realidad cumplían funciones permanentes.

Alguna Consulta

Completa la Información del Formulario

En el Estudio Enríquez comprendemos que muchos trabajadores continúan laborando para entidades públicas mientras buscan el reconocimiento judicial de su relación laboral o el pago de sus beneficios sociales.
Durante este proceso, es común que existan riesgos de despido o represalias por parte del empleador.
Por ello, una herramienta legal eficaz para proteger al trabajador mientras dura el juicio es la medida cautelar.

¿Qué es una medida cautelar?

Es una resolución judicial preventiva que ordena a la entidad pública mantener vigente el vínculo contractual del trabajador mientras se tramita la demanda.
Su objetivo es evitar un despido arbitrario o la extinción del contrato durante el proceso judicial.

¿Cuándo se puede solicitar?

El trabajador puede solicitar una medida cautelar cuando:

  • Se encuentra laborando al momento de presentar la demanda judicial.

  • Existen indicios o amenazas de cese por parte de la entidad.

  • Se pretende garantizar la estabilidad laboral hasta que el juez emita una sentencia final.

En estos casos, el Poder Judicial puede ordenar expresamente a la entidad empleadora abstenerse de despedir o extinguir el contrato del trabajador, asegurando que su puesto se mantenga vigente durante todo el proceso

Nuestro compromiso

En el Estudio Enríquez, evaluamos cada situación laboral y, si existen fundamentos suficientes, solicitamos de inmediato la medida cautelar ante el juzgado correspondiente.
Nuestro objetivo es proteger al trabajador desde el inicio del proceso, garantizando que pueda defender sus derechos sin miedo a perder su empleo.

Preguntas Legales Frecuentes

Sí. Si realizabas labores permanentes, cumplías horarios, recibías órdenes o trabajabas bajo supervisión, es muy probable que tu contrato encubra una relación laboral real. En ese caso, puedes demandar el reconocimiento de vínculo laboral bajo el régimen privado (D.L. 728) y exigir tus beneficios sociales.

Puedes reclamar el pago de vacaciones, gratificaciones, Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), horas extras e incluso indemnización por despido arbitrario, según corresponda.
Cada caso se evalúa de forma personalizada para determinar el monto total de beneficios no pagados.

Debes contar con pruebas que acrediten tu trabajo real y continuo, como:

  • Recibos por honorarios o contratos de locación

  • Órdenes de servicio

  • Informes mensuales o correos institucionales

  • Horarios, constancias o fotochecks
    Nuestro estudio revisa tus documentos sin costo para verificar su valor probatorio antes de iniciar el proceso.

Depende de la carga procesal del juzgado y la complejidad del caso. En promedio, un proceso de reconocimiento laboral puede durar entre 8 y 18 meses.
Sin embargo, durante el trámite puedes solicitar una medida cautelar para evitar despidos o suspensiones injustificadas mientras el caso se resuelve.

No.
La primera consulta es gratuita y se realiza con el objetivo de orientarte sobre tu situación laboral y los derechos que te asisten. Solo si decides iniciar tu proceso, se establecen honorarios claros y transparentes, sin costos ocultos.