Contratos Administrativos de Servicios (CAS)

Régimen laboral de la actividad privada

En el Estudio Enríquez brindamos asesoría especializada a trabajadores y ex trabajadores del Estado que fueron contratados bajo la modalidad de Contratos Administrativos de Servicios (CAS).
Este tipo de contrato, utilizado por muchas entidades públicas, no genera vínculo laboral permanente, pero en la práctica ha sido empleado para encubrir verdaderas relaciones laborales sujetas al régimen laboral de la actividad privada (Decreto Legislativo N.º 728).

Nuestro compromiso es demostrar judicialmente que, detrás del contrato CAS, existía una relación laboral real, con las características de subordinación, permanencia y continuidad, que la ley reconoce como un contrato de trabajo a plazo indeterminado.

¿Qué es un contrato CAS?

El Contrato Administrativo de Servicios (CAS) es una modalidad especial utilizada en el sector público para la contratación de personal.
Sin embargo, según lo establecido por el II Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral de la Corte Suprema, estos contratos pueden ser declarados inválidos cuando se acredita que el trabajador ya mantenía una relación laboral previa bajo órdenes o locaciones de servicios simuladas.

En estos casos, el CAS pierde validez por haber sido suscrito con la única finalidad de evadir el reconocimiento de derechos laborales y el pago de beneficios sociales.

Faq-1.webp

Criterios para declarar la invalidez del CAS

El Poder Judicial puede declarar la nulidad de un contrato CAS cuando se verifica que:

  1. El trabajador realizaba funciones propias y permanentes de la entidad.

  2. Existía dependencia o subordinación, cumpliendo horario y órdenes jerárquicas.

  3. La prestación de servicios fue continua y prolongada en el tiempo.

  4. Antes del contrato CAS existieron órdenes o contratos de locación simulados.

Al demostrarse estos elementos, el juez puede ordenar:

  • El reconocimiento judicial del vínculo laboral real, y

  • El pago de todos los beneficios sociales no reconocidos (vacaciones, gratificaciones, CTS, entre otros).

Derechos que pueden reclamarse

Una vez que se declara la invalidez del CAS, el trabajador tiene derecho a:

  • Pago retroactivo de beneficios sociales conforme al D.L. 728.

  • Reconocimiento del tiempo total laborado bajo órdenes, locaciones o CAS.

  • Indemnización por despido arbitrario, si fue cesado sin causa justa.

Cada caso es analizado individualmente, ya que los beneficios y montos dependen de los años de servicio y la remuneración percibida.